Condiciones de aceptación de reserva


IDVACACIONES 2018  S.L. Y  sus condiciones de venta;
 
Condiciones generales
A los efectos de las presentes Condiciones Generales, el programa/folleto/descripción web es el documento informativo al que éstas se incorporan.
El programa/oferta es la descripción del viaje contenido en el programa/folleto que constituye el objeto del contrato del viaje.
La información sobre el programa/oferta contenida en el programa/folleto / descripción web es vinculante para el organizador detallista, salvo que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
 
a) Que los cambios en dicha información se hayan comunicado claramente por escrito al consumidor antes de la celebración del contrato y tal posibilidad haya sido objeto de expresa mencionen el programa/oferta/descripción web.
b) Que se produzcan posteriormente modificaciones, previo acuerdo por escrito entre las partes contratantes.
 
1. Regulación jurídica aplicable a la aceptación de las Condiciones Generales.
Las presentes Condiciones Generales están sujetas a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo l/2007, de 16 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de Contratación, el Decreto G.c.168/94, de 30 mayo, sobre reglamentación de las Agencias de Viajes y demás disposiciones vigentes.
 
Las presentes Condiciones Generales se comunicaran a las partes contratantes y obligan a las partes a su cumplimiento.
 
2. Organización.
La organización de estos viajes ha sido realizada por IDVACACIONES 2018 SL , agencia de viajes mayorista, C.LF. B37566577, con domicilio en Pº Canalejas, 67  37001 Salamanca.  Título -licencia número CI-CL 37088
3. Precio.
3.1. El precio de la viaje incluye.
1. El transporte de ida y regreso, cuando este servicio esté incluido en el programa/oferta contratado.
2. Las tasas o impuestos indirectos – Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.)- cuando sean aplicables.
3. La asistencia técnica durante el viaje, cuando este servicio esté específicamente incluido en el programa/oferta contratado.
4. Todos los demás servicios y complementos que se especifiquen concretamente en el programa/oferta contratado o que expresamente se haga constar en el descriptivo del viaje.
5. Un guía especializado siempre que se especifique en el programa y que se alcance un mínimo de clientes.
3.2 Revisión de Precios.
El precio del viaje o paquete combinado ha sido calculado en base a los tipos de cambio, tarifas de transporte, coste del carburante y tasas e impuestos aplicables en la fecha de contratación del viaje o edición del programa/folleto y de las posteriores que, en su caso, se hayan hecho públicas de forma impresa o en descripción web.
Cualquier variación en el precio de los citados elementos podrá dar lugar a la revisión del precio final del viaje, tanto al alza como a la baja, en los importes estrictos de las variaciones de precio aludidas.
Estas modificaciones serán notificadas al consumidor, por escrito o por cualquier medio que permita tener constancia de la comunicación efectuada.
En ningún caso, se revisará al alza en los siete días anteriores a la fecha de salida de la viaje, respecto de las solicitudes ya realizadas.
Todos los precios reflejados en descripción web y/o programa/folleto están sujetos a disponibilidad en el momento de la realización de reserva en firme mediante su contratación.
3.3 Exclusiones.
3.3.1 El precio de los viajes no incluye.
“Extras” tales como cafés, vinos, licores, aguas minerales, y, en general, cualquier otro servicio que no figure expresamente en el apartado “El precio incluye” o no conste específicamente detallado en el programa/oferta, en el contrato o en la documentación que se entrega al consumidor al suscribirlo.
3.3.2. Propinas.
Dentro del precio del viaje no están incluidas las propinas.
 
4. Forma de pago. Inscripciones y reembolsos.
En el acto de la inscripción, la Agencia podrá requerir un anticipo del 40 % del importe total del viaje, expidiendo el correspondiente recibo en el que se especifique, además del importe anticipado por el consumidor, del viaje solicitado, siempre y cuando la fecha de reserva/inscripción no sea inferior a 20 días antes de la realización de la misma. El importe restante deberá abonarse contra la entrega de los bonos del viaje, que deberá realizarse al menos diez días antes de la fecha de la salida.
De no procederse al pago del precio total del viaje en las condiciones señaladas, se entenderá que el consumidor desiste del viaje solicitado, siéndole de aplicación las condiciones previstas en el apartado siguiente.
Todos los reembolsos que sean procedentes por cualquier concepto, se formalizarán siempre a través de la Agencia Detallista donde se hubiera realizado la inscripción, no efectuándose devolución alguna por servicios no utilizados voluntariamente por el consumidor.
a) Confirmación de la reserva: Se produce con la confirmación de la reserva. Desde ese instante el cumplimiento de las condiciones generales es de obligado cumplimiento para ambas partes.
 
5. Desistimiento del consumidor. Cancelaciones del viaje por no alcanzar el número de personas inscritas el mínimo previsto.
En todo momento el usuario o consumidor puede desistir de los servicios solicitados o contratados, teniendo derecho a la devolución de las cantidades que hubiera abonado, tanto si se trata del precio total como del anticipo previsto en el apartado precedente, pero deberá indemnizar a la Agencia por los conceptos que a continuación se indican:
a) La totalidad de los gastos de anulación, si se hubieran producido siguiendo estos baremos:
el 15% del total del viaje si el desistimiento se produce dentro del mes anterior a la fecha del comienzo del viaje; el 25% entre los días 3 y 15, el 75% dentro de las 48 horas anteriores a la salida, y el 100% dentro de las 24 horas anteriores a la salida. De no presentarse a la hora prevista para la salida, no tendrá derecho a devolución alguna de la cantidad abonada, salvo acuerdo de las partes en otro sentido. En los casos que el Organizador lo condicione, y así lo especifique expresamente, la viabilidad de la oferta del viaje a contar con un mínimo de participantes y por no alcanzarse ese número, se produzca la anulación del viaje, el usuario tendrá derecho exclusivamente al reembolso del total del precio o de las cantidades anticipadas, sin que pueda reclamar cantidad alguna por concepto de indemnización, siempre y cuando la Agencia se lo haya notificado por escrito con un mínimo de 48 horas de antelación.
En nuestros viajes organizados que incluyan eventos tales como: Musicales, teatros, circos, parques, etc, los gastos aplicables seran del 100% de la reserva.
 
6. Alteraciones.
La Agencia de Viajes se compromete a facilitar a sus clientes la totalidad de los servicios contratados contenidos en el programa/oferta que ha dado origen al contrato del viaje, con las condiciones y características estipuladas, todo ello de acuerdo a los siguientes extremos: a) En el supuesto que antes de la salida del viaje, el Organizador se vea obligado a modificar de manera significativa algún elemento esencial del contrato, incluido el precio, deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento del consumidor, bien directamente, cuando actúe también como detallista, bien a través del respectivo detallista en los demás casos. b) En tal supuesto, y salvo que las partes convengan otra cosa, los servicios se modificaran por otros de calidad equivalente o superior. En el supuesto que los servicios del viaje ofrecida fuera de calidad inferior, el Organizador o el Detallista deberá reembolsar al consumidor, cuando proceda, en función de las cantidades ya desembolsadas, la diferencia de precio, con arreglo al contrato.
e) En los anteriores supuestos, el Organizador y el Detallista serán responsables del pago al consumidor de la indemnización que, en su caso, corresponda por incumplimiento del contrato, que será del 5 % del precio total del viaje contratada, si el citado incumplimiento se produce entre los dos meses y 15 días inmediatamente anteriores a la fecha prevista para la realización del viaje; el 10% si se produce entre los 15 días y 3 días anteriores, y el 25% en el supuesto que el incumplimiento citado se produzca en las 48 horas anteriores.
d) No existirá obligación de indemnizar en los siguientes supuestos:
1. Cuando la cancelación se deba a que el número de personas inscritas del viaje sea inferior al exigido de 8 personas.
2. Cuando la cancelación del viaje, se deba a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormal e imprevisible, cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
e) En el caso que, después de la salida del viaje, el Organizador no suministre o compruebe que no puede suministrar una parte importante de los servicios previstos en el contrato, adoptará las soluciones adecuadas para la continuación del viaje, sin suplemento alguno de precio para el consumidor, y, en su caso, abonará a éste último el importe de las diferencias entre las prestaciones previstas y las suministradas. Si el consumidor continúa del viaje con las soluciones dadas por el Organizador, se considerará que acepta tácitamente dichas propuestas incluso en situación de ventas superiores al cupo máximo de personas.
f) En caso de reclamación, el detallista o, en su caso, el organizador deberá obrar con diligencia para hallar las soluciones adecuadas.
g) En ningún caso, todo aquello no incluido en el contrato del viaje, (como, por ejemplo, billetes de transporte desde el lugar de origen del pasajero hasta el lugar de salida de viaje, o viceversa, reservas de hotel en días previos o posteriores al viaje, excursión, etc.) será responsabilidad del Organizador, no existiendo obligación de indemnizar por esos posibles gastos de servicios independientes en caso de que el viaje se cancele por las causas previstas en el apartado d). h) Si los traslados u otros similares, incluidos en la oferta, no se cumpliesen, se reembolsará el importe abonado como señalo la totalidad del importe pagado, previa presentación del recibo o factura correspondiente indispensable para su abono.
 
7. Obligación del consumidor de comunicar todo incumplimiento en la ejecución del contrato.
El consumidor está obligado a comunicar todo incumplimiento
en la ejecución del contrato – “in situ” por escrito o en cualquier otra forma en que quede constancia, al organizador o al detallista y, en su caso, al prestador del servicio de que se trate. En el caso de que las soluciones arbitradas por la Agencia – Organizador o Detallista – no sean satisfactorias para el consumidor, éste dispondrá del plazo de una semana para reclamar ante la Agencia detallista o el organizador, siempre a través de aquella. La Agencia detallista o el organizador dispondrán de dos meses para dar respuesta a la reclamación planteada por el consumidor, plazo que comenzará a contarse a partir del día siguiente a la presentación de la reclamación ante la Agencia detallista.
 
8. Prescripción de acciones.
No obstante lo dispuesto en el apartado precedente, el plazo de prescripción de los derechos reconocidos será de dos años, según lo establecido en el artículo 164 del Real Decreto
Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
 
9. Responsabilidad.
9.1 General
La Agencia de Viajes Organizadora y Detallista vendedora final del viaje responderán frente al consumidor, en función de las obligaciones que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión de la misma, del correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, con independencia de que éstas las deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de servicios, y sin perjuicio del derecho de los Organizadores y Detallistas a actuar contra dichos prestadores de servicios. El Organizador manifiesta que asume las funciones de organización y ejecución del viaje.
Los Organizadores y Detallistas de viajes combinados responderán de los daños sufridos por el consumidor como consecuencia de la no ejecución o ejecución deficiente del contrato. Dicha responsabilidad cesará cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
1. Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al consumidor.
2. Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable.
3. Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
4. Que los defectos se deban a un acontecimiento que el detallista o, en su caso, el Organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria no podía prever ni superar. No obstante, en los supuestos de exclusión de responsabilidad por darse alguna de las circunstancias previstas en los números 2, 3 Y 4 el organizador y el detallista que sean parte en del viaje estarán obligados a prestar la necesaria asistencia al consumidor que se encuentre en dificultades.
9.2 Límites del resarcimiento por daños
En cuanto al límite del resarcimiento por los daños que resulten del incumplimiento o de la mala ejecución de las prestaciones incluidas en el viaje, se estará a lo dispuesto en los Convenios Internacionales sobre la materia.
 
10. Información que la Agencia Detallista debe facilitar al consumidor.
Se informa al consumidor que en el momento de la formalización del contrato deberá recibir de la Agencia Detallista la información pertinente sobre la documentación específica necesaria para el viaje elegido, así como asesoramiento sobre la suscripción facultativa de un seguro que le cubra de los gastos de cancelación y/o de un seguro de asistencia que cubra los gastos de repatriación en caso de accidente, enfermedad o fallecimiento; e información de los riesgos probables implícitos al destino del viaje contratado, en cumplimiento de la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios. A estos efectos se recomienda consultar al Ministerio de Asuntos Exteriores que facilita recomendaciones específicas según destino a través de Internet (http://www.mae.es) u otro medio.
 
11. A la firma del recibo a aportar por las partes.
El cliente ha recibido clara y precisa información sobre el viaje que se formaliza así como los importes a abonar y sus plazos. Es responsabilidad del viajero disponer de la documentación en regla necesaria para poder viajar al destino. Manifiesta su capacidad y autorización para contratar el viaje en nombre de los demás pasajeros. El cliente autoriza a la Agencia a que anule el viaje en caso de que no cumpla el calendario de pagos; Así como se le informa de los gastos de gestión y cancelación que se derivarían de la anulación anticipada del Viaje contratado. En todo momento el usuario o consumidor puede  desistir de los servicios solicitados o contratados, teniendo derecho a la devolución de las cantidades que hubiera abonado, tanto si se trata del precio total, como del anticipo previsto, pero deberá indemnizar a la Agencia por los gastos de gestión, además de los gastos de anulación. Así mismo se le informa de los diferentes seguros opcionales a contratar, que subsanan estos gastos, en caso de causa justificada según Ley 50/80 del 8 de Octubre.
 
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